Preguntas frecuentes sobre reclamaciones - Vehículos recreacionales
Vehículos recreacionales
- Nunca antes he estado en un accidente, ¿qué hago?
- Si está involucrado en un accidente de auto, comuníquese con nuestra oficina de reclamaciones al 1-800-MYAMFAM (1-800-692-6326) y hable con uno de nuestros representantes que lo guiará a través de la presentación de una reclamación. Tenga a mano todos los datos, como partes involucradas y sus direcciones/números telefónicos. Una vez presentada su reclamación, un tasador se comunicará con usted en un día hábil para examinarla y discutir las opciones a su disposición para obtener reparaciones.
- ¿Debo trasladar mi vehículo recreacional a un taller?
- Sí, su tasador tiene que estar en el taller de reparación con el fin de completar un estimado. Es más útil llevar el vehículo recreacional a un taller y solicitar un estimado para que esté listo cuando llegue su tasador.
- Mi vehículo recreacional fue fabricado en otro estado. ¿Mi póliza pagará para trasladarlo al fabricante para realizar las reparaciones si tengo una pérdida cubierta?
- Pagamos los costos de transporte necesarios y razonables hasta el lugar de reparaciones calificado más cercano.
- ¿Hay alguna cobertura si estoy de vacaciones y mi vehículo recreacional o cámper se torna inhabitable?
- La póliza proporciona $20 por día para gastos de vacaciones por un máximo de 14 días si su vehículo recreacional es inhabitable debido a un peligro cubierto por esta póliza y usted permanece de vacaciones.
Barcos
- ¿Qué es equipo de barco y cuánta cobertura tengo?
- Los equipos del barco son accesorios de la embarcación asegurada, aparte de los equipos instalados por los fabricantes, que se necesitan o se utilizan para la operación o mantenimiento de la embarcación asegurada. Los equipos del barco incluyen un remolque de barco, equipos utilizados en conexión con el motor fuera de borda y todo motor fuera de borda auxiliar utilizado con un velero. Esto no incluye un velero ni ninguna vela adherida. El equipo de barco está limitado a $1,000 por artículo y $3,000 en total. La póliza no cubre: equipo de pesca y buceo; cámaras y otro equipo fotográfico; vestimenta y otros artículos personales; provisiones; combustible ni ningún velero y sus velas adheridas. Por una prima adicional se pueden comprar límites adicionales para equipos de barco cubiertos. El límite(s) adicional y total aparece en su póliza.
- ¿Mi póliza de barco cubre mi elevador, ya que la póliza de plataforma no lo hace?
- El elevador está cubierto bajo la cobertura de equipos del barco hasta el límite del equipo de barco a menos que se compre una cobertura mayor.
- Mi barco se hundió y como resultado perdí efectos personales, ¿estos artículos están cubiertos por mi póliza de barco?
- Su póliza de barco sí proporciona cobertura limitada para "equipo de barco", que incluye el remolque de barco, equipos utilizados en conexión con el motor fuera de borda y todo motor fuera de borda auxiliar utilizado con un velero. Sin embargo, su póliza de barco no cubre equipo de pesca y buceo; cámaras y otro equipo fotográfico; vestimenta y otros artículos personales. Estos artículos pueden ser cubiertos por su póliza de dueño de casa. Discuta estas preguntas de cobertura con su agente.
¿Tiene un pregunta que no pudo encontrar aquí? Comuníquese con su agente local de American Family Insurance para hacer preguntas adicionales.
Para reclamaciones relacionadas con tormentas, vea Tormentas.
